El Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires publicó la Disposición Administrativa 1/25, por la cual se rehabilitan los servicios de publicidad de tipo urgente para la expedición de certificados, informes y copias de dominio no matriculados (Ley 2378). De esta manera, queda habilitada la totalidad de las solicitudes urgentes de publicidad sobre los bienes inmuebles y sobre las personas que por imperativo legal este organismo debe expedir.
Se recuerda que los plazos de expedición de la publicidad solicitada como simple es de hasta 10 días, y la solicitada como urgente es de hasta 2 días para el caso de los inmuebles matriculados y de hasta 5 días para el caso de los inmuebles no matriculados (artículo 46 Disposición Técnico Registral 1/19).
Asimismo se dispuso, a partir del 3 de febrero, la no obligatoriedad de la solicitud de turnos web para la atención de consultas en el sector Consultoría y Orientación Registral, habilitando a tales efectos en la sede central del Registro la expedición de turnos presenciales para la prestación del servicio en el día | Disposición 16-25
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